La Corte Suprema establece que la atribución de responsabilidad solidaria en calidad de adquirente de activos y/o pasivos no se encuentra sujeta a límite alguno.
Con fecha 4 de mayo de 2023, se publicó en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Supremo N° 008-2023-SA, que aprueba el Reglamento de la Ley General de Protección de las Personas con Diabetes.
Como es de conocimiento, mediante el Decreto Supremo N° 001-2022-TR se prohibió la tercerización de actividades que pertenezcan al “núcleo del negocio” del empleador. A raíz de la emisión de esta norma, los empleadores tenían plazo hasta el 22 de agosto de 2022 para adecuarse a la misma. Es por ello que distintos empleadores y grupos empresariales interpusieron demandas y medidas cautelares que buscaban declarar la nulidad y la inaplicación de dicho Decreto Supremo.
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral- SUNAFIL viene cursando cartas a los empleadores con la finalidad de fiscalizar presuntos incumplimientos a la normativa referida a la designación de una trabajadora social en los centros de trabajo con más de cien (100) trabajadores.