Disponen medidas adicionales para favorecer la disponibilidad de recursos y otorgar otras facilidades a los deudores tributarios ante la declaratoria de emergencia nacional

La SUNAT aprueba diversas medidas tributarias para mitigar el impacto que el Estado de Emergencia Nacional puede ocasionar en los sectores económicos.

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Protocolo para la implementación de las medidas que garanticen el ejercicio excepcional del derecho a la libertad de tránsito en el marco del estado de emergencia

Protocolo para la implementación de las medidas que garanticen el ejercicio excepcional del derecho a la libertad de tránsito en el marco del estado de emergencia.

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La SUNAT aprueba medidas para dar liquidez y facilidades a los contribuyentes

Medidas importantes como consecuencia de la pandemia originada por el coronavirus.

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Plazos para interponer recursos administrativos tributarios y demandas judiciales, no considerarán los días durante el estado de emergencia nacional

Desde el 16 de marzo de 2020 y durante 15 días calendario, se suspende la atención al contribuyente y al público en general en las oficinas de la SUNAT, el Tribunal Fiscal y Poder Judicial, por lo que dichos días no serán considerados como días hábiles para la interposición de recursos administrativos y/o judiciales.

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Se prorrogan plazos para el cumplimiento de obligaciones tributarias correspondientes al mes de febrero 2020 y otros vencimientos tributarios

Establecen un nuevo cronograma de vencimientos, cuya aplicación dependerá del importe de sus ingresos y/o rentas.

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