Se regula la forma, plazo y condiciones que deberán tenerse en cuenta para cumplir con la obligación de presentar la Declaración del Beneficiario Final.
Se establecen criterios para la admisión de medios probatorios extemporáneos en las etapas de reclamación y apelación, de acuerdo al Decreto Legislativo Nº 1421.
Se aprueba el Formulario Virtual Nº 1670 y el procedimiento para la presentación de la declaración y pago del impuesto al consumo de bolsas de plástico que deben realizar los agentes de percepción.
En el marco de la aplicación de la cláusula antielusiva general, se aprueban las Resoluciones de Superintendencia que regulan: (i) la implementación, organización y funcionamiento del Comité Revisor; y (ii) la forma y condiciones para la presentación de la declaración que debe realizar el sujeto fiscalizado sobre los datos de todos los involucrados en los actos que son calificados por la SUNAT como elusión fiscal.
Se establecen el cronograma para el incremento gradual de la tasa del Impuesto al Consumo de las Bolsas de Plástico y las obligaciones de los agentes de percepción del Impuesto.