Establecen facilidades para los trabajadores del sector público y privado por las elecciones a realizarse el domingo 7 de octubre del presente año
El día de hoy, 4 de octubre de 2018, entró en circulación a través de una Edición Extraordinaria de El Diario Oficial El Peruano, el Decreto Supremo Nº 010-2018-TR, que otorga facilidades a miembros de mesa y electores en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2018.
Las principales disposiciones son las siguientes:
1. Se considerará el 8 de octubre como día no laborable compensable para los miembros de mesa que en su centro de trabajo realizan jornadas atípicas (que durante dicho feriado les toque trabajar).
1.1 Para gozar de dicho beneficio, el trabajador deberá entregar a su empleador el Certificado de Participación en las Elecciones Regionales y Municipales 2018 que entrega la Oficina Nacional de Procesos Electorales – ONPE, al momento de reintegrarse a su centro de labores.
2. Los trabajadores de los sectores público y privado que laboren en zonas geográficas distintas a su lugar de votación, no laborarán los días viernes 5, sábado 6 y domingo 7 de octubre de 2018, siempre que acrediten haber ejercido su derecho al voto.
2.1 SECTOR PRIVADO: La recuperación de los días no laborados se realizará mediante acuerdo entre las partes; a falta de acuerdo, decidirá el empleador.
2.2 SECTOR PÚBLICO: Los titulares de las entidades decidirán la forma de recuperar los días no laborados.
3. Los trabajadores que no se encuentren en el supuesto anterior, y sus jornadas coincidan con el día de las elecciones, tienen derecho a períodos de tolerancia en el ingreso o durante la jornada de trabajo para sufragar.
4. Los trabajadores que actúen como miembros de mesa, cuyas jornadas coincidan con el día de las elecciones, pueden no asistir a sus centros de labores.
5. Las horas no laboradas se recuperarán.