Modifican documento técnico “Manejo ambulatorio de personas afectadas por la COVID-19 en el Perú”, aprobado por Resolución Ministerial N° 834-2021/MINSA

A continuación, podrán conocer las principales disposiciones establecidas por dicha norma, en materia laboral:

• En el caso de pacientes sintomáticos, se le restringe el desplazamiento fuera de su vivienda o centro de aislamiento por un lapso de 10 días contados desde el inicio de síntomas.

• En el caso de pacientes sintomáticos que hayan recibido las tres dosis de la vacuna contra la COVID-19 y que no presenten comorbilidad, se contabilizarán 7 días de aislamiento desde el inicio de síntomas.

• En el caso de pacientes asintomáticos sin factores de riesgo, se contabilizarán 7 días de aislamiento desde la toma de muestra para PCR o prueba de detección de antígeno para diagnóstico.

• En los casos de personas que hayan estado en contacto con un caso sospechoso o confirmado de COVID-19 con factores de riesgo y/o sin vacunación completa, se contabilizarán 7 días de aislamiento, pudiendo suspenderse al quinto día si se cuenta con una prueba molecular negativa, tomada el día tres o posteriormente.

Asimismo, se precisa que todos aquellos casos de contacto no contemplados anteriormente, no requieren aislamiento obligatorio.

Finalmente, mostramos el gráfico modificado por la reciente norma correspondiente al Anexo 1 y el gráfico incorporado (Anexo 1-B) que forman parte de la Resolución Ministerial Nº 834-2021/MINSA:

 

Si tuviera alguna duda o comentario en relación con estas disposiciones, no dude en comunicarse con nuestros abogados:

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