Modifican la norma técnica de salud para la prevención y control de la COVID-19 en el Perú

A continuación, podrán conocer las principales modificaciones dispuestas por dicha norma en materia laboral:

I. AMBITO DE APLICACIÓN DE LA NORMA TÉCNICA Nº 178-MINSA/DGIESP-2021

Se extiende el ámbito de aplicación a todas las personas, empresas y entidades del sector público y privado.

II. DISTANCIAMIENTO FÍSICO

Se debe aplicar una distancia mínima de un (1) metro y, además, una distancia mínima de uno y medio (1.5) metros en situaciones donde no se asegure el uso permanente de mascarillas, como, por ejemplo, los comedores.

III. PRUEBAS ANTIGENAS

Se considerará como caso de infección asintomática de COVID-19 cuando se cuente con resultado positivo de prueba molecular o antígena, pero sin síntomas ni signos compatibles con COVID-19.

IV. MEDIDAS BASICAS DE PREVENCIÓN

Se recomienda vacunación completa uso de mascarillas, ventilación, distanciamiento físico, medición de CO2, higiene de manos, protección ocular, entre otras medidas adicionales.

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