Se extiende alcance de la asignación familiar para trabajadores con hijos con discapacidad severa
Con fecha 03 de noviembre de 2022, se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ley No 31600, mediante la cual modifica el artículo 2 de la Ley No 25129 que dispone que la asignación familiar alcanzará también los trabajadores con hijos con discapacidad severa.
I. ALCANCE DEL DERECHO A LA ASIGNACIÓN FAMILIAR
De acuerdo a la Ley N° 31600, tendrán derecho a percibir el 10% de la remuneración mínima vital (S/102,50), los trabajadores de la actividad privada cuya remuneración no se regule por negociación colectiva y que cumplan con los siguientes requisitos:
Como podemos apreciar, la presente Ley No 31600 también incluyen dentro de su ámbito de aplicación a los hijos de los trabajadores mayores de 18 años con discapacidad severa acreditada, siempre que no sean beneficiarios de la pensión otorgada mediante la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad.
Cabe señalar que el texto original de la Ley No 25129 sólo cubrían a los hijos menores de 18 y a los mayores de edad por razones de estudios superiores o universitarios, hasta un máximo de 24 años de edad cumplidos. Al incluirse a los hijos con discapacidad severa acreditada, no se establece un límite de edad para el otorgamiento, el mismo que deberá ser otorgado por el empleador mientras la relación laboral se encuentre vigente.
II. APLICACIÓN DE LA ASIGNACIÓN FAMILIAR EN REGÍMENES ESPECIALES
La modificación legal bajo comentario también se extenderá a los regímenes laborales especiales según este cuadro:
III. VIGENCIA
La presente Ley entra en vigencia el día viernes 4 de noviembre del 2022, por lo que deberá ser considerada en las remuneraciones a ser pagadas a fines de este mes, siempre que los trabajadores con hijos con discapacidad severa acrediten este hecho y lo comuniquen el empleador.
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