Se otorgan facilidades laborales por las elecciones regionales y municipales

 

Con fecha 29 de setiembre de 2022, se publicó en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Supremo No 016-2022-TR, donde se brindan facilidades a los trabajadores miembros de mesa y electores en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022.

I. BENEFICIOS PARA MIEMBROS DE MESA

Los trabajadores del sector público o privado que sean miembros de mesa tendrán los siguientes beneficios: 

a. El día lunes 03 de octubre será considerado como día no laborable compensable. Para acceder a este beneficio, el trabajador presentará al momento de reiniciar sus labores el Certificado de Participación otorgado por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), ya sea de forma física o virtual.

b. Los miembros de mesa están exonerados de laborar el día de las elecciones. El empleador dispondrá la forma de recuperación de las horas dejadas de laborar.

II. BENEFICIOS PARA ELECTORES

Los trabajadores del sector público o privado que participen en las elecciones tendrán los siguientes beneficios:

a. Por razones de lejanía geográfica al local de votación: los trabajadores que deban votar en una zona geográfica distinta a su centro de labores no laborarán 4 días (del viernes 30 de setiembre al lunes 3 de octubre de 2022), siempre y cuando acrediten su participación en las elecciones.

En el sector privado, el empleador y trabajador acordarán la recuperación de los días no laborados. A falta de acuerdo, decide el empleador.

En el caso del sector público, la entidad dispondrá la forma de recuperación.

b. Por laborar en el día de las elecciones: los trabajadores que deban laborar el día de las elecciones gozarán de un permiso durante dicho día para ejercer su derecho al voto. El empleador dispondrá la forma de recuperación de las horas dejadas de laborar.

III. VIGENCIA

El presente Decreto Supremo entra en vigencia el día viernes 30 de setiembre del 2022.

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