2 marzo, 2020
Impuesto a la Renta y sucursales en el país de empresas no domiciliadas
A través del Informe Nro. 018-2020-SUNAT/7T0000 publicado el 28.02.2020 en el portal web de la SUNAT, la Administración Tributaria concluye que las sucursales en el país de empresas no domiciliadas no están sujetas a la tasa adicional del 5%, sobre las sumas a que se refiere el inciso g) del artículo 24°-A de la Ley del Impuesto a la Renta.
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