Nueva modalidad para presentar recursos de reclamación ante SUNAT contra deudas por tributos internos utilizando la Clave SOL

Como se recuerda, el 31 de octubre de 2020, se publicó la Resolución de Superintendencia N° 000190-2020/SUNAT mediante la cual la SUNAT incorporó a los expedientes electrónicos de reclamación al Sistema Integrado del Expediente Virtual (SIEV).

Las disposiciones contenidas en la referida Resolución implicaban que a partir del 1° de diciembre de 2020 – fecha de su entrada en vigencia – los contribuyentes deberán presentar los recursos de reclamación para tributos internos a través de SUNAT Operaciones en Línea con su usuario y Clave SOL, hasta el término de la Emergencia Sanitaria decretada por el Covid-19, esto es, hasta el 7 de marzo de 2021[1].

Cabe precisar que de acuerdo con la referida Resolución, al término de la Emergencia Sanitaria se podrán presentar los recursos de reclamación de forma virtual a través de SUNAT Operaciones en Línea o de forma física en los Centros de Servicios de SUNAT. Para mayor detalle respecto a la Resolución, pueden revisar nuestro boletín publicado el 3 de noviembre de 2020 en el siguiente ENLACE.

La SUNAT ha reiterado lo antes mencionado a través del siguiente comunicado disponible en su Portal Electrónico:

Cualquier duda o comentario que tenga en relación con las presentes disposiciones, agradeceremos nos los hagan llegar a las siguientes direcciones electrónicas: smunoz@old.gydabogados.com y/o mespinoza@old.gydabogados.com

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[1] De acuerdo con el Decreto Supremo N° 031-2020-SA que prorrogó por 90 días calendarios adicionales el Estado de emergencia Sanitaria que había sido decretado por el Decreto Supremo N° 008-2020-SA.