Personas naturales contribuyentes de Fondos de inversión y Fideicomisos que realizan actividad empresarial, distintos a FIRBI´s y FIBRA´s

A través del Informe Nro. 019-2020-SUNAT/7T0000, la Administración Tributaria concluye que las personas naturales a las que fondos de inversión o fideicomisos que realicen actividad empresarial, distintos a FIRBIs o FIBRAS, les atribuyan rentas o pérdidas de tercera categoría:

(i)  Se encuentran obligadas a incluir en sus declaraciones juradas del IR (Formulario de 3ra. categoría), la renta o pérdida de tercera categoría atribuida por el fondo o fideicomiso.

(ii) Se encuentran obligadas a llevar los libros y registros contables que les corresponda, en función a sus ingresos netos anuales, de conformidad con el artículo 65° de la LIR.

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