Recientes posiciones institucionales de la SUNAT
La SUNAT absuelve consultas vinculadas a:
(i) Impuesto a la Renta: Ingresos por la enajenación de terrenos rústicos parcelados por persona natural.
(ii) Impuesto a la Renta: Factoring sin recurso de letras de cambio por enajenación de bienes a plazos mayores de 1 año.
(iii) Impuesto a la Renta: Deducción de gastos por intereses – factoring, arrendamiento financiero, operaciones de crédito) efectuadas con sujetos residentes o EP situados en países/territorios no cooperantes o de baja/nula imposición.
(iv) Impuesto General a las Ventas: Adquisición de un vehículo inmatriculado de una persona natural, para su posterior venta.
(v) Beneficiario final: Aplicación y alcances de las obligaciones para la identificación de Beneficiarios Finales.
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