Se crea la Zona Franca de la Región Cajamarca y se otorgan beneficios tributarios.
El 14 de agosto del 2021, se publicó la Ley No. 31343 “Ley de creación de la Zona Franca en la Región Cajamarca (ZOFRACAJAMARCA)” (en adelante, la “Ley”) mediante la cual se ha dispuesto la creación de la Zona Franca en la Región Cajamarca (en adelante, “ZOFRACAJAMARCA”) la cual se encontrará ubicada en el distrito de San Ignacio, ubicado en la provincia de mismo nombre, dentro del departamento de Cajamarca.
La creación de la ZOFRACAJAMARCA tiene como finalidad contribuir al desarrollo socioeconómico sostenible del Nororiente peruano, a través de la promoción de la inversión y desarrollo tecnológico. En ese sentido, la Ley establece un conjunto de beneficios tributarios para todos aquellos usuarios de la ZOFRACAJAMARCA que realicen actividades de producción, comercialización, industriales, agroindustriales, de maquila y de servicios.
En línea con lo anterior, entre los beneficios tributarios encontramos la exoneración del impuesto a la renta; IGV; impuesto selectivo al consumo; impuesto de promoción municipal; derechos aduaneros y aranceles; y, de todo tributo del gobierno central, regional y municipal, creado o para crearse, inclusive de aquellos que requieran de norma exoneratoria expresa, excepto las aportaciones a derechos pensionarios, ESSALUD y sus tasas. Asimismo, toda operación realizada entre usuarios ubicados dentro de la ZOFRACAJAMARCA, se encuentra exonerada del IGV y del impuesto de promoción municipal.
Respecto a la entrada en vigor de la Ley, es preciso señalar que ello se produjo a partir del 15 de agosto de 2021. Sin perjuicio de lo apuntado, el beneficio referido a la exoneración del impuesto a la renta regirá a partir del 1 de enero de 2022.
Finalmente, se debe apuntar que el Poder Ejecutivo cuenta con un plazo no mayor de treinta días calendario a partir del 15 de agosto para emitir las normas reglamentarias correspondientes. Es importante resaltar que la reglamentación de la Ley permitirá precisar el alcance y condiciones para hacer valer los beneficios tributarios antes comentados.
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