SUNAT publica catálogo de esquemas de alto riesgo fiscal que potencialmente podrían calificar como actos de elusión fiscal (Norma XVI)

Como se recuerda, el 6 de mayo de 2019 se publicó el Decreto Supremo Nro. 145-2019-EF que reglamentó los parámetros de forma y fondo para la aplicación de los párrafos segundo al quinto de la Norma XVI del Título Preliminar del Código Tributario, que permite a la SUNAT combatir la elusión tributaria.

Dicho Decreto, en su Segunda Disposición Complementaria Final, establece que la SUNAT, por medio de su portal oficial, debe difundir las caracterizaciones generales de los casos en los que se establezca la existencia de elementos suficientes para aplicar la norma antielusiva general. De similar manera, la SUNAT debe difundir de manera progresiva y enunciativa, situaciones y consideraciones para la aplicación de la norma antielusiva general, así como caracterizaciones generales de casos en los que, a partir de las fuentes jurídicas nacionales, los deudores tributarios, terceros y asesores tributarios pueden provocar la aplicación de la norma antielusiva general.

Es en cumplimiento de dicho mandato que la SUNAT ha publicado la primera versión del catálogo de esquemas de alto riesgo tributario que podrían dar lugar a una incorrecta determinación de la obligación tributaria o la obtención de ventajas tributarias indebidas, los cuales serían objeto de evaluación prioritaria por la SUNAT.

Debemos advertir que el mencionado catálogo es un documento informativo y no vinculante para los contribuyentes, dado que la calificación de cada operación requerirá de un análisis detallado de las razones jurídicas y económicas para su realización.

Así, a manera de resumen, el catálogo de esquemas de alto riesgo recoge las siguientes estructuras:

A mayor detalle, los esquemas los podrían encontrar en el siguiente enlace: http://orientacion.sunat.gob.pe/images/norma-antielusiva-general/Esquemas_Alto_Riesgo_2020.pdf

Cualquier duda o comentario que tenga en relación con las presentes disposiciones, puede comunicarse con las Dras. Silvia Muñoz y/o Karem Carrillo a las siguientes direcciones electrónicas: smunoz@old.gydabogados.com
kcarrillo@old.gydabogados.com